A diferencia de otras provincias, la Ciudad de Buenos Aires no tiene su propia ley de mediación prejudicial para los fueros civil y comercial. Eso es porque la Justicia en lo Civil y Comercial que funciona en CABA sigue siendo, hoy, Justicia Nacional — no se transfirió todavía a la órbita de la Ciudad. Por eso, la mediación previa en esas causas se rige por la misma Ley 26.589 y el Decreto 1.467/2011 que en el resto del ámbito nacional.
En la práctica, esto significa que todo lo que describimos en mediación prejudicial obligatoria (el plazo de 60 días corridos, el aviso de audiencia con 3 días hábiles de anticipación, el acta de cierre) aplica igual en CABA para esos fueros.
PBA sí tiene su propia ley, distinta de la nacional — ver mediación en la Provincia de Buenos Aires.
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